jueves, 30 de agosto de 2012

RECURSO ALZADA CONTRA EL ACUERDO DE LA CECIR



                                        RECURSO UGT AL ACUERDO DE LA CECIR

2 comentarios:

  1. ¿Que tiempo debe pasar, como es costumbre en nuestra Administración, para que no conteste el Ministro?. ¿Un mes?

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  2. Plazo de resolución: El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de tres meses. Transcurrido este plazo sin resolución se podrá entender desestimado el recurso.

    Recursos: No podrá interponerse nuevo recurso administrativo contra la resolución de un recurso de alzada, salvo el extraordinario de revisión, en los casos establecidos en el Art. 118.1 de la Ley 30/92 citada. (Puede consultar la información sobre este procedimiento extraordinario)

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