Este es el Blog de la Sección Sindical de la FSP-UGT en la Confedereción Hidrográfica del Guadalquivir en Córdoba.
jueves, 14 de marzo de 2013
lunes, 11 de marzo de 2013
ASAMBLEA RECLAMACION CPI
El próximo día 21 de marzo a las 17,30 en primera convocatoria y a las 18 en segunda vamos a celebrar una Asamblea Informativa con el Gabinete de la Fundación Sociolaboral para tratar la RECLAMACIÓN DEL CPI
La misma se celebrará en el Salón de la Fundación SocioLaboral de la UGT sito en la Avenida Agrupación Córdoba S/N.
Los interesados en presentar reclamación deben d traer:
Copia de una nómina donde si se cobraba el CPI
Copia de una nómina donde no se cobra el CPI
El presupuesto lo hemos enviado en correo anterior.
Si alguien de los que no está en la lista quiere reclamar, también puede venir.
fromero
Acuerdo alcanzado con la Federación de
Servicios Públicos de la
UGT Córdoba para la gestión de los expedientes de los
trabajadores del colectivo de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir, relativos a declarativa de
derecho y reclamación de cantidad encomendados a la Fundación Socio Laboral
Andalucía.
El
acuerdo alcanzado, como tratamiento especial para el colectivo arriba
mencionado y para el encargo realizado a la fecha a la Fundación, consistirá en
lo siguiente:
Primero.- El objeto de presente acuerdo es la prestación del
servicio de asesoramiento y defensa legal al colectivo de trabajadores que a
continuación se detalla:
(...........)
Segundo.- Si se diera el caso de que una vez firmado este
acuerdo se incorporase al mismo y para el mismo asunto algún trabajador no
incluido en la relación adjunta, deberá ser comunicado por escrito por la
Federación a los Servicios Centrales de la Fundación, a efectos de que dicho
trabajador se pueda beneficiar de las condiciones estipuladas en este acuerdo.
Tercero.- Dichos
trabajadores en virtud de este acuerdo abonarán a la finalización del
expediente la minuta, que según el caso será la siguiente:
1.-
Sentencia estimada, conciliación judicial o extrajudicial
Los trabajadores abonarán en concepto de declarativa de derechos la cuantía de ??? € y por la reclamación de cantidad
se tomará como base minutable el
importe de tres anualidades del complemento reconocido, siendo el porcentaje a
abonar del ??%. A la cantidad
resultante se le descontarán las bonificaciones correspondientes en función de
la antigüedad en la afiliación en el momento del inicio de la prestación del
servicio.
Los importes
mínimos a aplicar serán los siguientes:
No afiliados
-------------------- ??? €
Afiliados hasta 2 años ----------??? €
Afiliados de 2 años a 4 años---??? €
Afiliados de 4 años a 8 años --- ?? €
Afiliados de más de 8 años ---- ?? €
2.-
Sentencia desestimada o retirada de demanda
Se
aplicarán los mínimos del apartado anterior, excepto para los afiliados de más
de 8 años que será gratuito, debiendo abonar únicamente el IVA correspondiente.
En ambos casos,
todos los usuarios abonarán ¿¿€ más en
concepto de gestión del expediente.
Cuarto.- Para lo no especificado expresamente en este acuerdo
serán de aplicación las tarifas de honorarios de la Fundación Socio Laboral
Andalucía vigentes en el momento de la firma del presente documento.
Quinto.- Con la entrada en vigor del Decreto Ley 4/12 el pasado
18/10/2012, el abono de las tasas judiciales u otras cuantías que puedan ser
aplicables deberán ser abonadas por los interesados en el plazo que legalmente
corresponda y ello como condición sine qua non para la tramitación del
procedimiento y sus posibles recursos, considerándose que el no ingreso de las
mismas en el plazo correspondiente y la aportación del justificante en forma
fehaciente dará lugar a la consideración de desistimiento del procedimiento,
eximiendo a la FSLA de cualquier responsabilidad.
Sexto.- La Federación ratifica mediante el presente documento
que ha trasladado los términos del mismo a los trabajadores afectados.
#10M > Rotunda expresión de rechazo a las políticas del Gobierno
| ||||
|
Suscribirse a:
Entradas (Atom)